REBAÑO CIRCULANDO POR CARRETERA
Contenidos relacionados con los tipos y uso de las vías públicas
Estos vehículos podrán circular por autovía siempre que puedan alcanzar una velocidad de más de 60 km/hora en recto, y si superan las masas y dimensiones establecidas por el Reglamento de Circulación podrán circular cuando exista la correspondiente autorización complementaria.
Los peatones, en vías interurbanas, deberán circular por el arcén izquierdo, a no ser que las circunstancias de la vía aconsejen hacerlo por el lado derecho. En todo caso, deberán ir provistos de un chaleco reflectante visible a 150 metros.